DISPOSITIVA
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: JOSÉ MIGUEL ZERPA CAMPOS, titular de la cédula de identidad Número V.-10.637.297, en contra de la sociedad mercantil COMPLEJO AGROINDUSTRIAL AZUCARERO EZEQUIEL ZAMORA S.A. (CAAEZ). SEGUNDO: Se condena a la demandada, antes identificada, a pagar al accionante la cantidad de CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ONCE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (BS. 196.211,45).
TERCERO: No se condena en costas a la parte demandada por no estar totalmente vencida, por interpretación en contrario del artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Notifíquese la presente sentencia al Procurador General de la República de conformidad con lo contemplado en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y transcurrido como sea el lapso de treinta (30) días continuos previstos en dicha norma, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 198 de la Ley Orgánica.....