DISPOSITIVA
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: LUIS ALBERTO SÁEZ MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.591.400, en contra de la sociedad mercantil LICORERÍA EL GALERÓN LIGHT, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la demandada, antes identificada, a pagar al accionante la cantidad de CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS NOVENTA BOLÍVARES CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 400.590,52), por concepto de prestaciones sociales.
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DÉJESE COPIA
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.- Barinas, treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
DIOS Y FEDERACIÓN
La Jueza,
Abg. Ruthbelia Paredes
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