D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN, intentada por el ciudadano ALBERTO RAMON ARAUJO anteriormente identificado, por cobro de diferencia de prestaciones sociales en contra de la empresa SERVICIO DE VIGILANCIA ,RESGUARDO Y PROTECCION, C.A.
En consecuencia se condena a la demandada a pagar al demandante la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs.1.822.557,04). mas los intereses sobre prestaciones sociales en la forma acordada en la motiva, igualmente proceden los intereses moratorios conforme a lo establecido en el Articulo 92 de la constitución de l.....