Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRESCRITA la acción intentada por el ciudadano BAUDILIO FLORES, en contra de COOPERATIVA TORUNOS SILVESTRE y PDVSA PETROLEO y GAS S.A.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.