DECISIÓN
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano Carlos José Maldonado Briceño contra el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL) identificados anteriormente en autos.
Con ocasión de esta declaratoria la parte demandada deberá pagar a la demandante la cantidad de bolívares trescientos setenta y dos mil noventa y cuatro con treinta céntimos (Bs. 372.094, 30) por concepto de salarios caídos desde noviembre de 2013 a diciembre de 2014, salarios retenidos desde diciembre de 2014 a diciembre de 2015, cesta tickets desde noviembre de 2013 a diciembre de 2015 y utilidades correspondientes a los años: 2013, 2014 y 2015, más lo que resulte de la experticia ordenada en la motiva del presente fallo.
No hay condenatoria .....