DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA intentada por el ciudadano FREDDY BASTIDAS en contra de la Sociedad de Comercio VALPETROL C.A y PDVSA PETROLEO y GAS S.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: De conformidad con el artículo 95 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena la notificación de la Procuradora General de la República de la presente decisión y una vez que conste en autos dicha notificación la causa se suspenderá por treinta días (30) continuos, transcurrido los cuales .....