DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, con ocasión al juicio de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentada por el Abogado JORGE ENRIQUE RODRIGUEZ ABAD, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.188.496, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese la presente sentencia al Procurador General de la República de conformidad con lo contemplado en el artículo 95 de la Procuraduría General de la República y transcurrido como sea el lapso de treinta (30) días continuos previstos en dicha norma, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 198 de la Ley Orgánica Procesal d.....