D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano EVARISTO VICTORIO TOTH SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.726.150 contra la sociedad mercantil INDUSTRIA AERO AGRICOLA C.A (I.A.A.C.A.), también denominada LINEA AEREA I.A.A.C.A. (LAI).
En consecuencia, se condena a la empresa demandada al pago de la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 159.605.547,98) / CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.F. 159.605.55). Así .....