En consecuencia vistos los dispositivos legales y supuestos de hechos narrados que
demuestran que soló los ascendientes del difunto SE OMITE,
venezolano, adolescente, de 17 años de edad, soltero, sin descendencia conocida, C, I N°
V-23.023.125,,´ en este caso su padre ciudadano CRISPULO RAFAEL GAMEZ TOVAR,
venezolano, mayor de edad, C.I N° V-4.927.282, de modo excluyente y no de modo alguno
otros famlliares ya que no se prevé la representación legal de los ascendientes según el
artículo 816 C,CV, ya transcrito. Pretende con este Justificativo conforme a Derecho
declarar losr.derechos sucesorales del adulto CRISPULO RAFAEL GAMEZ TOVAR,
venezolano.emayor de edad, C.I N° V-4,927.282 y no de modo alguno Derechos
Sucesorales ´{le niños, niñas y adolescentes, conforme al orden sucesoral que se aplica en
el presentécaso, conforme al artículo 177 Parágrafo segundo, literal "K" LOPNNA, Resulta
forzoso ´para- este Tribunal DECLARAR§E INCOMPETENTE PARA CONOCER DE LA
PRESEN.....