DISPOSITIVA
En consecuencia éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSiÓN EN DIVORCIO solicitada
por los ciudadanos FELlX ANTONIO CARRILLO DURAN Y LlNA ROSA GUTIERREZ
ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-
13.520.823; V-14.549.716, respectivamente, QUEDANDO DISUELTO EL VINCULO
MATRIMONIAL, que los unía, según Acta N° 018 de fecha 23/12/1998, contraído por ante la
Prefectura de la Parroquia San Silvestre Municipio Barinas Estado Barinas.