En cuanto a la CUSTODIA del adolescente y niños SE OMITEN , de 13, 09 Y 07
años de edad. Con respecto a la PATRIA POTESTAD Y RESPONSABILIDAD DE
CRIANZA: Está será cumplida por ambos padres y en cuanto al REGIMEN DE
CONVIVENCIA FAMILIAR, será ejercido cqnforme han pactado, con especial énfasis en
el interés superior del adolescente y niños mencionados. SE DECLARA QUEDA
EXTINGUIDO EL VINCULO CONYUGAL.En la ciudad de Barinas a los iao ) días del
mes de Febrero de 2.013. Años 2020 de la Independencia y 1530 de la Federación. Siguen
firmas ilegibles de la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y
Ejecución Abg. Yolanda F. Guerrero G y Secretario (a). En la misma fecha se libraron las
copias certificadas de Ley. Conste la Secretaria. Siguen firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE,
en mi carácter de Secretario (a) del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: que el anterior traslado es copia fiel y
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