en
consecuencia DECLARA UNICOS y l)NIVERSALES HEREDEROS, de la de cujus
SARA CORREA BASTOS DE HERNÁNDEZ, C.1. V.-18.191.822 a los ciudadanos
ANTONIO RAMÓN HERNÁNDEZ PAREDES, JEAN CARLOS GÓMEZ CORREA,
ANTONIO RAMÓN HERNÁNDEZ CORREA, LlSNEY JACKSIN HERNÁNDEZ
CORREA y al niño se omite, venezolano de 07
años de edad, DEJANDQ A SA~VO EV~N.TLJAL.E? q~~ECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el libro
respectivo. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Primera de
Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Abog. Yolanda Guerrero
Guedez y del Secretario. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley.
Conste: El secretario. QUIEN SUSCRIBE El Secretario del Circuito eje Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el
anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio del
Expediente MD11-J-2013-000368,.....