DISPOSITIVO:
PRIMERO: Se Declara COMPETENTE para conocer de la oposición formulada por la abogada EGLEE DEL PILAR SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.988.764, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 229.370, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano OTELLO ROMOLI VALENTI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.387.199.-
SEGUNDO: Declara CON LUGAR LA OPOSICION formulada por la abogada EGLEE DEL PILAR SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.988.764, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 229.370, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano OTELLO ROMOLI VALENTI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.387.199, contra la Medida de Protección Agroalimentaria decretada por este Tribunal, en fecha 30/08/2018.-
TERCERO: Queda sin efecto el Decreto MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, sobre el predio rustico denominado por los solicitant.....