REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 05 de Agosto de 2015
205º y 156º
Por cuanto la presente solicitud se encuentra concluido, en virtud de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 19-01-2015, cursante a los folios 139 al 141 del presente expediente, mediante la cual se levantó la medida de protección Agroalimentaria, que había sido decretada en fecha 11-11-2013, a favor del predio denominado Finca "Mata de Cerrito" y cumplida como fue la entrega del oficio librado al Coordinador de la Oficina Regional de Tierras del Estado Barinas y la boleta de notificación al solicitante, tal como fuera ordenado en dicha sentencia, los cuales consta a los folios 144 y 145. En consecuencia y con referencia a lo anterior, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial.
EL JUEZ.
Abg. JOSÉ JOAQUÍN TORO SILVA
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