DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas sede Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE la Oferta Real peticionada por la ciudadana Tibisay del Pilar Guevara Chacín, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.261.146, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 84.927, actuando con el carácter de Co-apoderada de la Sociedad Mercantil INVERSIONES Y SUMINISTROS BRIART C.A. (INSUBRIART, C.A), inscrita por ante el Registrador Mercantil Segundo del Estado Barinas, bajo el Numero 10, Tomo 8-A de fecha Dieciocho (18) de Febrero de dos mil trece (2013) (expediente número 412-7588), e inscrita ante el Registro de Información Fiscal (Rif) con el c.....