No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el presente expediente en su oportunidad legal.
Notifíquese a la parte demandante.
Publíquese, Regístrese. Déjese copia para el archivo del Tribunal.
Se levanta la Medida de Secuestro Decretada por este Tribunal en fecha 10-08-2006, sobre: Un (1) tractor Agrícola: Modelo: MF283, 4x4, 86HP, doble tracción año 2002, Marca: Mazzei Ferguson, Serial del Chasis: 283064761, Serial de Motor: SC8B09B631240H, Una Asperjadota, Modelo: 600 SLC14/28, Marca: Montana, Serial N° 02E/076169.-
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas, a los Nueve (09) días del mes de Febrero del año Dos Mil Diez. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE.....