PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara el decaimiento del interés procesal y en consecuencia:
PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer del juicio de ACCION DE PERMANENCIA, intentado por el Abogado RAFAEL ARCANGEL MORA MORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.389, actuando en nombre y representación de los ciudadanos OSCAR MANUEL MORALES CARRERO y JUAN ANTONIO MORA MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titular de las cedulas de identidad Nros. V- 9.200.183 y V-3.940.222, respectivamente, en contra de la CORPORACION MUNICIPAL DE PEDRAZA ESTADO BARINAS, actualmente ALCALDIA DEL MUNICIPIO PEDRAZA DEL ESTADO BARINAS.-
SEGUNDO: SE DECLARA EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN por pérdida de interés procesal y en consecuencia EXTINGUIDO EL PROCESO en el Juicio de ACCION DE PERMANENCIA.....