Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado hoy Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada ciudadano DANIEL JOSÉ RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.286.220, en consecuencia CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Barinas de esta misma Circunscripción Judicial el día 27 de julio de 2001.
SEGUNDO: En consecuencia, se DECLARA CON LUGAR la acción de DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoada por el ciudadano JUAN LEOCADIO HERRERA HERNÁNDEZ.- contra el ciudadano DANIEL JOSÉ RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.286.220, ambos suficientemente identificados.
TERCERO: En consecuencia: se CONDENA a la parte demandada ciudadano DANIEL JOSÉ RONDON, a pagar por co.....