REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas 11 de octubre de 2010
Vista la apelación del abogado VICTORIANO RODRÍGUEZ MÉNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 21.916, referida a la decisión de fecha 29-09-2010, mediante la cual este órgano jurisdiccional, negó la solicitud de la medida de secuestro de un lote terreno de 1.289 Has, solicitud esta fundamentada en el hecho de que el inmueble objeto de litigio se halla en posesión de la parte demandada y sobre la base de los Ord. 2 y 6 del articulo 599 del código de Procedimiento Civil, apelación esta a la cual de manera inmediata el ciudadano abogado ADELIS ALBERTO PAREDES ANGARITA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 117.745, acreditado en autos, solicito al tribunal se abstuviera de oír la apelación por cuanto a su decir es extemporánea, lo que hace considerar a este órgano jurisdiccional lo siguiente:.....