DISPOSITIVA
En consideración de los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLINA la competencia de la presente causa de DAÑOS MATERIALES OCASIONADOS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, intentado por el abogado LUIS ELIÉCER GIUSTI CARRILLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.914.399, con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A., en contra del ciudadano HERNÁN JUNIOR OLIVEROS GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.662.489, en su condición de conductor y propietario del vehiculo, domiciliado en la Urbanización La Castellana, Calle 10, No. 107, Barinas Estado Barinas y de la Empresa Aseguradora SEGUROS CARABOBO, RIF. N° J-00034022-6, con domicilio procesal en la Avenida 23 de Enero.....