JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 18 de Enero de 2.010
199º y 150º
Vista la diligencia de fecha 13/01/10, presentada por el Alguacil Titular de este Tribunal, mediante la cual consigna la boleta de notificación dirigida al ciudadano ROQUE DE JESÚS MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.484.979, de profesión abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.714, con el carácter de defensor judicial de los ciudadanos DÍAZ GUSTAVO Y DÍAZ ANDRÉS, sin ser practicada debido a que en el expediente no consta la dirección procesal del referido abogado. Por tal razón, se deja sin efecto la designación efectuada al abogado antes mencionado. En consecuencia, se designa como defensor Judicial de los codemandados: DÍAZ GUSTAVO Y DÍAZ ANDRÉS, al abogado YORMAN AUGUSTO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.560.893, inscrito en el Inpreaboga.....