Corroborada la ambigüedad en la pretensión de la parte actora éste Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas sede Barinas ordena a la parte actora ciudadano FRANKLIN OMERO DIAZ ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidades Nº V- 15.535.869, asistido por la abogada en ejercicio DAYANA OVIEDO, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.011.427, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 191.348, con el carácter de Defensora Publica Segunda Agraria del Estado Barinas, subsanar su pretensión a los fines de garantizarle su acceso a la Justicia en aplicación del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para lo cual acuerda concederles un lapso de tres (03) días de despachos siguientes contados a partir del día siguiente a la presente decisión -con sus respectivos efectos- conforme a lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. ASÍ.....