este Tribunal ADMITE a sustanciación, cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; Se ordena citar a las partes demandadas ciudadanos Gaudis Vicenta Azuaje de Mangano, Rosa Virginia Azuaje Leal de Leal, Jesús Guillermo Azuaje Leal, Senovia del Carmen Azuaje Leal, José Acacio Azuaje Leal, Samuel Darío Azuaje Leal, Ángel Israel Azuaje Leal, María Margarita Azuaje Leal y Betzaida de Jesús Azuaje Leal, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-3.132.409, V-3.132.060, V-4.258.991, V-4.261.522, V-4.927.177, V-8.138.901, V-8.146.670, V-8.146.669 y V-9.260.55; respectivamente, para que comparezcan por ante este Juzgado Agrario dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia que repose en autos de su citación conforme a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dentro de las horas de despacho comprendidas de ocho y.....