Evidencia este Tribunal, la diligencia presentada en fecha diecinueve (19) de septiembre de 2022, por la parte actora ciudadanos, Aura Zambrano y Adonay Berrios, venezolanos, mayores de edad, titulares de cédulas de identidad números, 17.290.256 y 14.813.509, en su orden, representados judicialmente por la abogada, Yeida Campos, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 53.139, así como también, la parte demandada, ciudadano, William Salcedo, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad número, 11.713.426, representado por su apoderada judicial abogada, Carmen Roció Silva Rodríguez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 78.958 y a los efectos de proveer observa que lo expuesto esboza en síntesis lo siguiente:
"... solicitamos muy respetuosamente a este digno tribunal a mi cargo se suspenda el proceso de la causa, en virtud que hemos acordado suscribir un acuerdo para solventar la situación a prete.....