REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 21 de Febrero de 2013
202º y 153º
Vencido como se encuentra la reanudación de la presente causa, tal y como fue acordada en el auto de abocamiento del Abogado JOSE JOAQUIN TORO SILVA, el cual corre inserto al folio (99) del presente expediente; y de una revisión exhaustiva se pudo observar que se encuentra vencido el lapso para la apelación contra la sentencia dictada en fecha 20/04/10, sin que las partes hayan ejercido tales recursos; En consecuencia, se declara firme la sentencia dictada en fecha 20/04/10 mediante la cual este Tribunal declaro CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO EN LA PRESENTE SOLICITUD, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión con oficio al Archivo Judicial correspondiente.-
EL JUEZ,
Abg. JOSE JOAQUIN TORO SI.....