DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos previamente narrados, éste Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE DECRETA PARCIALMENTE LA MEDIDA DE PROTECCION A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA solicitada por la Abogada: AZURIS RIVAS GOYONECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.986.681, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.478, en su carácter de Defensora Publica Segunda Agraria del Estado Barinas, actuando en representación de los intereses y derechos de la Asociación Cooperativa ASESOAGRO 5410 RL, sobre un lote de terreno constante de CIENTO NOVENTA Y UN HECTÁREAS (191 HAS) correspondientes al área trabajada por la COOPERATIVA ASESOAGRO RL, que forman parte de las TRESCIENTAS HECTAREAS (300 Has) sobre la cual recae la pretensión de los solicitantes en este procedimiento y que s.....