Con vista a la diligencia de fecha 23 de abril de 2015, cursante a los folios 16 y 17 del presente expediente, suscrita por el Abogado RAFAEL ARQUIMEDEZ RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.616, en su condición de apoderado judicial del ciudadano DEMETRIO LIGIO ALVARADO HERNANDEZ, parte demandada en la presente causa y en virtud de que mediante auto de la misma fecha, cursante al folio 19, se suspendió la audiencia a los fines de proveer sobre lo solicitado por el Abogado diligenciante, referente a la acusación realizada en contra de su defendido cursante por ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Barinas; en consecuencia siendo la oportunidad para proveer sobre la solicitud, considera este Tribunal que el delito de Abigeato no tiene nada que ver con las acciones posesorias agrarias; el delito de daños a la propiedad, referente al daño de la cerca, pudiera tomarse como una perturbación a la posesión y la misma.....