colaboración en el sentido de velar por la producción agroalimentaria del predio antes mencionado, haciendo uso de la potestad jurisdiccional que le ha sido conferida a este Tribunal para la protección de la Seguridad Agroalimentaria que bajo régimen indicativo los funcionarios a quienes se confiera la fiscalización y el tramite de cualquier otro procedimiento sobre este predio, deberán hacerse acompañar por personas distintas al régimen funcionarial, a objeto de no menoscabar ni que pretendan hacer uso de fuerza que pueda atentar contra la producción del rubro que allí se establece, todo bajo los parámetros incluso que fueran indicados a este Órgano Jurisdiccional por funcionarios adscritos a ese órgano sobre como y contra quienes se debe proteger y preservar la producción agroalimentaria; Igualmente, resulta propicia la ocasión, en aras de la colaboración solicitada, hacerle saber que los ciudadanos: EBERTHS CARABALLO Y ALEJANDRO GÓMEZ, en su carácter de Coordinador Nacional de Asunt.....