DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, desplegada sobre los predios denominados "MONTE DE BELEN y LA BENDICION DE DIOS", constante de CATORCE HECTAREAS CON NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (14 HAS con 9399 m2) y el segundo con QUINCE HECTAREAS CON CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (15 HAS con 497 m2), ubicados en el sector El Moraleño, Jurisdicción de la Parroquia José Félix Ribas del Municipio Pedraza del estado Barinas, por los ciudadanos JOSÉ ADOLFO GARCÍA ARANGUREN y ADOLFO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de l.....