En merito de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el dispositivo en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara Competente para conocer el presente juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la defensa de fondo en cuanto a la falta de cualidad ejercida por la representación judicial de la parte demandada abogado en ejercicio VICTORIANO RODRÍGUEZ MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.449.770 inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.916, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Arcángel Mora Velandria, con documento de identidad Nº V-9.368.684.
TERCERO: Como consecuencia del particular anterior se declara SIN LUGAR la Acción Reivind.....