DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto. SEGUNDO: Se decreta Medida Autónoma Provisional de Protección a La Producción Agroalimentaria, desplegada sobre el predio denominado "Gozmar", ubicada en el Sector Curito – La Arenosa, Parroquia José Ignacio del Pumar, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, constante de ciento cuarenta y cinco hectáreas con nueve mil doscientos noventa metros cuadrados (145 has, con 9.290 Mtrs2), alinderado de la siguiente manera Norte: Caño La Arenosa; Sur: Troncal 5; Este: terrenos ocupados por Sergio Molina y Oeste: terrenos ocupados por José Uzcategui, por la ciudadana Magaly Chávez Toscano, venezolana, mayo.....