DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que despliega la ciudadana AURA TERESA CARRILLO DE VILLAFAÑE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-2.263.707, actuando con el carácter de Representante Legal de la Sociedad Mercantil "Fundo El Indio C.A (FUNINCA)", sobre el predio "El Indio", Ubicado en el Sector el Paguey, Parroquia José Félix Rivas, Municipio Pedraza, del estado Barinas, cuyos linderos particulares son: NORTE: Terrenos que son o fueron ocupados por el fundo Santísima Trinidad, SUR: Caño Cocuizo y terrenos que son o fueron ocupados .....