Por ultimo solicito formalmente esta instancia agraria se sirva declarar NULA la venta de documento protocolizado por ante la oficina de Registro Publico de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco en fecha (08) de mayo del año dos mil trece (2013) quedando inscrito bajo el Nro 2013.543, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nro.290.5.4.4.93 y correspondiente al libro de folio real del año 2013, sin mas dilatación, por lo que solicito a este digno Tribunal se sirva HOMOLOGAR el presente convencimiento dándosele carácter de cosa Juzgada. (Cursivas de este Tribunal)
Ahora bien, analizado el escrito anteriormente transcrito esta Instancia Agraria actuando como Director del proceso procede a homologar la citada manifestación impartiéndole la autoridad de cosa Juzgada, y por cuanto de los autos no consta que con dicho convenimiento se lesionen derechos e intereses a personas protegidas por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, diferentes a los litigantes, es m.....