DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que despliega la ciudadana LIZZIE YOLANDA GONZÁLEZ VILLAFAÑE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.768.510, representada judicialmente por los abogados en ejercicio Adolfo E. Cepeda y Reinaldo A. Chejin Pujol, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.251 y 28.007, sobre el predio denominado "EL TOTUMO", ubicado en el sector Las Palmeras, jurisdicción de la Parroquia José Antonio Páez del Municipio Pedraza del estado Barinas, con una extensión aproximadamente de 650 has, cuyos linder.....