Por los razonamientos antes indicados, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer el presente asunto
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la oposición presentada por el ciudadano LIBARDO AURELIO YEPEZ, representado por la abogado JOANA GUIMAR SEVILLA ZAMBRANO, con inpreabogado número 270.468, referente a la demanda de RESTITUCION DE SERVIDUMBRE DE PASO, seguido por los ciudadanos GERMAN ALBERTO MOLINA ALTUVE Y PEDRO AUSENCIO BRICEÑO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad № V-15.784.955 y 13.213.994, actuando el primero como comisario jefe del sector Paso Potrero, y el segundo como comisario jefe del sector Piñalito, Parroquia Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas y JOSE JUAN MOLINA, venezolano, mayor de edad titular de la cedula .....