En fuerza de las motivaciones de hecho y de derecho que preceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente acción.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, que incoare la ciudadana ASTRID YACKELINE MEZA PARRA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.046.479, asistida en este acto por la abogada en ejercicio LENNYS DEL CARMEN GARCIA CHACON venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.121.895 inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 238.171; en contra del ciudadano RAMON ALI RAMIREZ SAAVEDRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.056.014, domiciliado, en Socopó Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas.
TERCERO: Se declara r.....