DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que despliega el ciudadano JOSÉ RAMÓN MENDOZA ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-12.823.012, sobre el predio denominado "EL VALLE", ubicado en el sector El Jabillo, Unidad IV, Parroquia Andrés Bello, Municipio Antonio José de Sucre, del estado Barinas, el cual cuenta con una superficie aproximada de NUEVE HECTÁREAS CON SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (9 HAS con 6.245 mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Via de penetración y con mejoras de Luis Campos; .....