DECISIÓN
En conclusión, con fundamento en los razonamientos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley HOMOLOGA la partición amigable de bienes habidos en la comunidad conyugal, peticionada por los ciudadanos LUÍS EDUARDO ARENALES BASTOS Y PERLA NOREIDA LOZANO CUBILLAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros 9.386.399 Y 12.823.729 respectivamente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los veintidós (22) días del mes de Junio del dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 156° de la Federación.