Socopó, 24 de Mayo de 2.013.
203º y 154º
Vista la diligencia del 21/05/2013, suscrita por el ciudadano: YOBANY PEREZ BELANDRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.831.787, asistido en este acto por el abogado en ejercicio: ADRIÁN YOBANNY ZAPATA LOZANO, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.223, asimismo, vista la diligencia del 22/05/2013, suscrita por el abogado en ejercicio: CESAR ALEXIS CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.368.929, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 173.211, quien actúa como Apoderado Judicial de los ciudadanos: FERNANDO ARTURO TORRES PEÑALOZA, NEPTALÍ TORRES PEÑALOZA Y EDGAR ALTUVE TORRES PEÑALOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-9.184.742, V-4.544.624 y V-4.956.215, respectivamente, (parte demandada), mediante la cual solicitan ´me avoque´ al conocimiento del presente asunto, se acuerda en conformidad, en vista.....