PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer la Extinción de Hipoteca, que interpusieran los ciudadanos: MARIA ANGELICA RAMIREZ NIEVES, AUDIS CAROLINA RAMIREZ NIEVES, YSILIO RAMIREZ NIEVES, LUIS ASDRUBAL RAMIREZ NIEVES Y JULIO CESAR RAMIREZ NIEVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.425.994, V-18.425.164, V-18.953.874, V-20.150.034 y V-19.802.161, con domicilio procesal en la Calle 17 entre carreras 5 y 6 de Santa Barbara, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, representados por el Apoderado Judicial: NELSON WUILLAN ARIAS MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N°V-10.236.748, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nro 150.041, acción esta intentada en contra del BANCO DESARROLLO AGROPECUARIO S.A.
SEGUNDO: déjese Trascurrir el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, norma ésta, aplicable supletoriamente, a los fines de lo dispuesto en el artículo 75 e.....