en consecuencia DECLARA UNICQS y
UNIVERSALES HEREDEROS, de la de cujus FLORINDA ELENA PERNIA RAMIREZ,
C.1. V.-9.387.070 al ciudadano TORIBIO ANTONIO GONZALES CAMPO, venezolano,
mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-9.534.990, en su condición ´Esposo, a
sus mayores hijos los ciudadanos BEATRIZ ELENA GONZALES PERNIA y JULIO
ANTONIO GONZALEZ PERNIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las
cedulas de identidad N° V-20A09.240, V-24.113,840 Y su menor hija se omite. De 8 años de edad, DEJANDO A SALVO EVENTUALES
DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante.
Anótese su salida en el libro´ respectivo. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles
de la Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución,
Abog. Eviluz del Valle Cabeza F y de la Secretaria. En la misma fecha se libraron las
copias certificadas de Ley. Conste: La secretaria. QUIEN SUSCRIBE La Secretaria del
Circuito de Protección de Ni.....