en
consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus
FLORENCIO RAMON ALBIZU LOBO, C.I. V.-8.141.299 a la ciudadana DILCIA
JOSEFINA ROSALES DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de
identidad N° V-9.262.766, en su condición Esposa, a sus mayores hijos los ciudadanos
MARIBEL LlLIANA ALBIZU ROSALES, DIANA CAROLINA ALBIZU ROSALES,
MARILYN DAYANA ALVIZU ROSALES, DAYANA MARILYN ALVIZU ROSALES,
ROSANGELA ALVIZU ROSALES, EDWAR ALEXANDER ALBIZU FIGUEROA,
venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cedulas de identidad N° V-
20.602.566, V-18.290.464, V-15.330.958,V-15.330.959, V-20.602.569 Y V-20.866.146
los adolescentes SE OMITEN , de 12, 12 Y 12 años de
edad, y la niña FLORANGEL AYME ALBIZU QUINTERO. De 8 años de edad,
DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse
original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el libro respectivo.
Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Se.....