en
consecuencia DECLARA HEREDERA, del de cujus RAFAEL MACARIO MARQUEZ
GALlNDEZ, C.1. V.-8.050.491, a su hija MARIA JOSE MARQUEZ MANZANILLA, de quince
(15) años de edad. DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el libro respectivo.
Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Tercera de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución, Abog. Dayana Vivas y de la Secretaria. En la misma
fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: La secretaria. QUIEN´ SUSCRIBE
La Secretaria del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su
original, Cursante al folio __ del Expediente MD11-J-2013-000002, certificación que se
hace de conformidad con el artículo 112 del eódigo .´;.7. \\ffim~~ento Civil.