en consecuencia
DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus DAVID ALEXANDER
HERNANDEZ RAMOS, C.1. V.-11.712.602, a su hijo se omite de 17 años de edad, DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE
TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el
libro respectivo. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Tercera de
Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Abog. Dayana Vivas y de la
Secretaria. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: La
secretaria. QUIEN SUSCRIBE La Secretaria del Circuito de Protección .de Niños, Niñas y
Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia
fiel y exacta de su original, Cursante al folio __ del Expediente MD11-J-2013-000540,
certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento
Civil.
EXP. N° MD11-J-2013-000540 /
DVG/deyci.-