DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve lo siguiente: PRIMERO: En relación a la calificación de flagrancia esta Juzgadora ha verificado que el Ciudadano ALI JOSE LIBERON, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 10.555.679, de 42 años de edad, fecha de nacimiento 12/04/70, natural de Barinas Estado Barinas, hijo Rosa Liberon (V) y de Tomas Omaña (F) , de ocupación u oficio comerciante, residenciado: Parroquia Ramón Ignacio Méndez, Urbanización Juan Pablo II, manzana N 08 casa N 15, antiguamente bodega las morochas y actualmente funciona un gimnasio, teléfono 0416/9745026, 0273/5467776, Barinas Estado Barinas, fue aprehendido en Flagrancia a pocos momentos de haber cometido el hecho .....