Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano acusado LUIS ALBERTO MANZANO , dice ser Venezolano, dice ser titular de la cédula de identidad Nº V-20.601.240, de 23 años de edad, nacido en fecha de nacimiento 14/06/90, natural de Barinas, hijo Mirla Manzano, de padre desconocido, ocupación u oficio obrero, residenciado: Urbanización Andrés Bello, Manzana D, casa 10-14 al frente de la Casa de Guafa, teléfono 0416/4734049, Barinas Estado Barinas; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LINDA MAIRUT MANZ.....