Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano acusado JOSE ALI ALBARADO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.190.539, de 45 años de edad, natural de Barinas, de fecha de nacimiento 13/10/69, hijo de Martina Alvarado (V) y de Juan Gil (F), de ocupación u oficio Obrero, residenciado en Socopo, Municipio Antonio José de Sucre, carrera 17 con calle 3 y 4, casa Nº S/N color anaranjada con blanco a dos cuadras del estadio Rogelio Matos, teléfonos: 0416-1308529; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de YRMA Y.....