Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de revocatoria de la medida preventiva de privación judicial de libertad, interpuesta por los Abogados Pedro García y José Miguel Becerra, y mantiene la Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado WILLIAN ENRIQUE RIVAS, plenamente identificado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 229 Único Aparte del Código Orgánico Procesal Penal, que fuera decretada por éste Tribunal de Control, Audiencia y Medidas Nº 01, por la presunta comisión los delitos de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 concatenado con lo previsto en el artículo 259 primer aparte de la Ley Orgánica de Protección a Niños Niñas y Adolescente, cometido en perjuicio de la adolescente E. W. O.....