Se Decreta la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, concatenado con el Articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal del acusado RONALD ENILSON RUIZ, Venezolano, titular de la Cedula de Identidad V- 12.839.351, de 41 años, natural de Barinas, hijo de Oxalide del Carmen Ruiz (V) y de Ángel Ramón Ramos (F), de ocupación u oficio Taxista, residenciado: barrio guanapa, sector cinco de julio, teléfono 0424-5807213/ 0273-5329386; por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA AGRAVADO Y CONTINUADO previsto y sancionado en el Articulo 259 primer aparte con la agravante del segundo aparte del mismo articulo de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño Niña y Adolescente concatenado con el Art. 99 del Código Penal Venezolano en perjuicio de la niña de 11 años M. G. G. R (se omiten demás datos de conformidad con lo previsto en el articulo 6.....