DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal con Competencia en delitos de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve lo siguiente: UNICO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Nº 16 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo cual se otorga la prorroga por el lapso de NOVENTA (90) DÍAS, contados a partir del vencimiento del lapso ordinario (cuatro meses), es decir a partir del 22 de Diciembre de 2012, por lo que tiene oportunidad para presentar acto conclusivo en la presente causa hasta el día 22 de Marzo de 2013, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el.....